inclusionEl Objetivo Temático 9 (OT9), es tanto en la inclusión social, la prestación de servicios sociales como en la lucha contra la discriminación donde tanto las Comunidades Autónomas como las Corporaciones Locales han ejercido competencias amplias, llegando en muchos casos a la concurrencia e incluso a la duplicidad en el ejercicio de las mismas.

La LRSAL ha tratado de ordenar este ámbito de competencias eliminando la competencia genérica que establecía el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local “prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social”, así como los que tienen que ver con la salud y la educación.
El criterio establecido, aun reconociendo la dificultad de interpretación que supone la propia LRSAL, parece que consiste en reconocer la educación, la sanidad y los servicios sociales como competencias propias de las Comunidades Autónomas, reconociendo además a las Corporaciones Locales su derecho a participar en estas competencias, siempre dentro de un marco de cooperación y de actuación complementaria dentro de cada municipio.

Es por ello que atendiendo a las prioridades y que La Línea de la Concepción tiene un población de más de 20.000 habitantes, cabe destacar la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, en la que su artículo 19 dispone:
“1. Los Ayuntamientos serán responsables de los Servicios Sociales de su ámbito territorial, de acuerdo con la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y dentro del marco de la presente Ley.
2. Serán competencias de los Ayuntamientos por delegación de la Junta de Andalucía:
a) La gestión de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios en los municipios de más de 20.000 habitantes.
b) La gestión de los Centros de Servicios Sociales Especializados de ámbito local en los municipios de más de 20.000 habitantes.
c) La ejecución y gestión de los programas de Servicios Sociales y prestaciones económicas que pudiera encomendarles el Consejo de Gobierno.
3. Los Ayuntamientos ejercerán sus facultades de programación, planificación u ordenación de los servicios o actividades de su competencia en el marco del Plan Regional de Servicios Sociales a que se refiere el artículo 15 de la presente Ley.”

En este contexto, el reparto organizacional entre las diferentes Áreas, Delegaciones y Departamentos de Gobierno del contenido del Objetivo Temático 9 queda repartido entre diferentes áreas y con una estrecha relación entre muchas de ellas en función de la prioridad de inversión; se puede realizar una especial mención a las siguientes, con contenido material y funcional específico de ámbito social, y sin perjuicio de otras que desarrollen este OT:

Dentro de este Objetivo Temático la EDUSI La Línea: Una estrategia de cosido urbano para la transformación integrada de una ciudad fronteriza actúa en el siguiente Objetivo Específico: